Compraventas, Donaciones y Permutas
COMPRAVENTAS
El contrato de compraventa es aquel por virtud del cual uno de los contratantes, llamado vendedor, se obliga a transmitir al otro, llamado comprador, y éste a su vez, se obliga a pagar por ello un precio cierto y en dinero.
DONACIONES
El contrato de donación es aquel por virtud del cual uno de los contratantes, llamado donante, transmite, en forma gratuita, una parte de sus bienes, a otra parte, llamada donataria quien acepta dicha liberalidad
PERMUTAS
El contrato de permuta es aquel por virtud del cual los contratantes, llamados permutantes, se obligan a darse un bien a cambio de otro.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
*Llenar el formato.
*Título de propiedad en original con sello de inscripción del Registro Público de la Propiedad.
*En caso de que se hayan edificado construcciones posteriormente en el inmueble, se requiere el original de la Licencia de Construcción y Aviso de Terminación de Obra, emitidos por las autoridades correspondientes.
*Boletas del impuesto predial y Boletas de derechos por servicio de agua de los cinco años anteriores a la fecha de la operación debidamente pagados.
*Manifestar si el inmueble objeto de la operación se encuentra dado en arrendamiento o que uso tiene actualmente.
*Acta de matrimonio, en caso de ser casado.
*Si la venta es otorgada por una persona moral, anexar el o los documentos con que acredita sus facultades.
*Identificación oficial con fotografía.